Qué contiene este dato
¿Qué pasó? La Ley 10.965 JAPDEVA fue publicada el jueves 2 de julio de 2026 en el Alcance 85 a La Gaceta 122. El texto dispone que rige a partir de su publicación, por lo que esa fecha marca el paso del expediente legislativo a una norma vigente. La ley reforma el inciso a) del artículo 5 bis y agrega una competencia al artículo 6 de la Ley Orgánica de JAPDEVA.
Ley 10.965 JAPDEVA: publicación y entrada en vigencia
¿Qué habilita y qué controla la Ley 10.965 JAPDEVA?
La ley permite alianzas estratégicas para inversión de capital, infraestructura, actividades comerciales, investigación, tecnología y servicios relacionados con las competencias de JAPDEVA, siempre que estudios técnicos y de factibilidad acrediten beneficios económicos, financieros y sociales reales para Limón. Mantiene el dominio público de las instalaciones portuarias, excluye el patrimonio natural del Estado, exige transparencia, eficiencia, igualdad, publicidad, libre concurrencia, es decir, que puedan participar distintos interesados, rendición de cuentas, fiscalización y control de la Hacienda Pública, y mantiene fiscalización posterior y refrendo contralor, o aprobación de control de la Contraloría cuando corresponda. También fija hasta 50 años como plazo máximo justificado, un canon mínimo del 1,5% de los ingresos brutos y viabilidad técnica favorable de CIMAT para las concesiones de marina.
Ley 10.965 JAPDEVA y la consulta pública pendiente
El transitorio único ordena al Poder Ejecutivo emitir el reglamento de la ley con la respectiva consulta pública en un plazo máximo de seis meses contado desde su entrada en vigencia. Esta obligación debe convertirse en el principal punto de seguimiento ciudadano: publicación del borrador, plazo para observaciones, respuestas institucionales, texto definitivo y decreto. La ley no adjudica la marina ni selecciona un aliado. A partir de esta fecha se abre una nueva etapa que todavía requiere reglamento, procedimiento de selección, aprobación de JAPDEVA, controles, contrato, permisos, financiamiento y ejecución.
